Con el Decreto 139 emitido hoy, se permite a los contribuyentes hacer descuentos de las retenciones en la fuente
En rueda de prensa el secretario de Hacienda Municipal Mauricio Moreno Pérez, acompañado de su equipo de trabajo, explicó las más recientes modificaciones que se hicieron al Estatuto Tributario, especialmente en lo referente al impuesto de Industria y Comercio, mediante el Decreto 139 del 17 de marzo de 2022 (el cual derogó el Decreto 299).
Con este Decreto 139 todos los contribuyentes del régimen preferencial pueden descontar retenciones, anticipos y saldos a favor, haciendo corrección para cumplir el principio de justicia tributaria.
Se explicó que los contribuyentes del Régimen Preferencial deben liquidar mínimo 8 Unidades de Valor Tributario-UVT, pero no necesariamente pagar este valor, sino que se hacen las deducciones correspondientes. No obstante, si la liquidación está por encima de los 8 UVT, el impuesto se debe pagar según la tarifa que arroje.
El profesional de Hacienda, Lorenzo Jiménez, explicó que hacen parte del régimen preferencial las personas naturales que hayan obtenido en el periodo un ingreso igual o inferior a 4000 UVT; mientras el resto de contribuyentes pertenecen al régimen común.
Por otro lado, el secretario de Hacienda aclaró que no se ha hecho ningún incremento en el impuesto predial y que el Acuerdo 022 de 2021 está publicado desde el año pasado, con las modificaciones que se hicieron al Estatuto Tributario, teniendo en cuenta la Ley de Ciudades Capitales.
Entre los cambios que se hicieron en dicho acuerdo está que para los contribuyentes del régimen común y grandes contribuyentes, se pasó de una declaración anual a declaración bimestral y se dio una modificación para 4 sectores: bancario, contratistas petroleros, contratistas obra civil y sector financiero.
Moreno Pérez recordó además que el 4 de marzo se realizó una capacitación y actualización abierta donde se resolvieron dudas en general a los contribuyentes y se realizó posteriormente una mesa de trabajo con los representantes de gremio de contadores, con quienes se acordó que allegarán un documento con las diferentes observaciones y se está a la espera de que sea radicado para contemplar otras posibles modificaciones.
Considerando esto, también se ampliaron los plazos de declaración bimestral de Industria y Comercio.
Declaración y pago en línea
Por otra parte se recuerda que para realizar la liquidación está publicado un video tutorial en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=dUIsTX9fuBQ&t=30s. Igualmente, para resolver inquietudes, la Secretaría de Hacienda tiene dispuesta la dirección de correo electrónico: rentas@yopal-casanare.gov.co y cuenta con profesionales atentos para asesorarlos personalmente, en el Centro de Atención al Ciudadano de Yopal-CACY, en el palacio municipal.
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